Adán Bahl firmó el decreto reglamentario de la Ordenanza N° 9.921, a través de la cual se creó el Distrito del Conocimiento de Paraná, un espacio pensado y diseñado para el desarrollo de las actividades basadas en la denominada Economía del Conocimiento.
Del acto de rúbrica participaron la viceintendenta Andrea Zoff; la subsecretaria de Economía del Conocimiento de la Nación, María Apólito; el ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos, Juan José Bahillo; y el secretario de Hacienda, Inversión, Empleo, Ciencia y Tecnología, Eduardo Macri.
“Esta firma es un paso hacia adelante para el Distrito del Conocimiento, una herramienta que soñamos para ampliar y diversificar el perfil productivo de nuestra ciudad”, remarcó Bahl y recordó la realización del Concurso de Ideas de Negocios que “nos permitió seleccionar y premiar a 5 emprendedores, entre 56 proyectos presentados, con propuestas que nos sorprendieron por la visión que tenían”.
Anticipó, además, que “estamos en la etapa previa al proceso de licitación” de la obra pública para la construcción del espacio de coworking, que “es importante porque va a ser el lugar de incubación y desarrollo de empresas que venimos trabajando sinérgicamente con el Polo Tecnológico del Paraná”.
El presidente municipal ponderó las ventajas competitivas como lugar geográfico de la ciudad, el trabajo de las universidades, los institutos de tecnología, y, sobre todo, «los recursos humanos y nuestra juventud. Creemos que los jóvenes tienen el derecho a acceder a empleos de calidad en su lugar de residencia. Sabemos que tanto el gobierno Nacional como Provincial comparten esta visión federal de desarrollo y eso nos lleva a redoblar nuestro compromiso. Tenemos ventajas competitivas para el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la voluntad política para impulsar esta diversificación. Es mucho lo que logramos en un año y vamos a seguir profundizando ese camino».
El decreto reglamentario precisa que la creación del Distrito del Conocimiento obedece a la necesidad de brindar a las empresas de base tecnológica de Paraná un ecosistema que las contenga: espacios de trabajo colaborativo, incentivos promocionales para su crecimiento y lugares para su radicación, dado que han alcanzado un sostenido desarrollo tecnológico, pero, sin embargo, están deslocalizadas y atomizadas.
A los fines de promover la Economía del Conocimiento, la Ordenanza ahora reglamentada convierte a la ciudad de Paraná en un atractor de empresas cuyo principal activo son las ideas, promoviendo su radicación con beneficios fiscales, organizando los espacios, proveyendo infraestructura, articulando con los centros académicos y fomentando la capacitación y el emprendedurismo.
En el decreto también se designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Hacienda, Inversión, Empleo, Ciencia y Tecnología de la Municipalidad de Paraná, a través de la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología o la que en el futuro la reemplace.
Consejo de Consulta y Asesoramiento
La normativa, asimismo, prevé la creación del Consejo de Consulta y Asesoramiento Permanente cuyos integrantes –que cumplirán sus funciones ad honorem– serán representantes del INTI, el INTA, el Conicet, la Secretaría de Ciencia y Tecnología de Entre Ríos, el Consejo Empresario de Entre Ríos (CEER), la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER), el Polo Tecnológico del Paraná (PTP), colegios profesionales de Entre Ríos (a través de la Asociación de Entidades Profesionales Universitarias de Entre Ríos), la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), la Universidad Nacional de Entre Ríos, la Universidad Autónoma de Entre Ríos, la Universidad Católica Argentina, y el Túnel Subfluvial “Uranga-Sylvestre Begnis”.
A los fines de hacer efectivo el principio de paridad de género dentro de la conformación del Consejo se invitará a los organismos citados, a dar cumplimiento con la Ley Provincial N° 10.844.
El Consejo se reunirá desde el 1 de marzo al 30 de diciembre y sus decisiones se tomarán por mayoría simple de los presentes, salvo aquellas que requieran dos tercios de la totalidad de los miembros.
Las funciones del Consejo serán las siguientes:
• Revisar el proceso de inscripción provisoria de las empresas en el Registro Único de Empresas, emitiendo un dictamen que recomiende a la Autoridad de Aplicación se conceda la inscripción definitiva o, en su defecto, se reconsidere las condiciones que a juicio del CONSEJO no satisfacen los requisitos para gozar de los beneficios previstos en la Ordenanza N° 9921.
• Refrendar la continuidad de los beneficios fiscales para las empresas ya inscriptas en el Registro Único de Empresas que hayan presentado el informe correspondiente a la Autoridad de Aplicación.
• Intervenir en el proceso de aplicación de las sanciones dispuestas en la Ordenanza N° 9921, por el incumplimiento que realice alguna de las empresas radicadas en el Distrito de dicha norma legal y del decreto reglamentario, formulando un dictamen no vinculante al respecto.
• Intervenir a pedido de la parte interesada, mediante dictámenes no vinculantes para la Autoridad de Aplicación, respecto a cualquier contienda que se suscite con los titulares de las empresas radicadas o a radicarse en el Distrito o entre ellas y la Autoridad de Aplicación, teniendo la facultad de requerir la colaboración del Centro de Mediación.