Diputados aprobó la regularización dominial de asentamientos, la ley Justina y ley Brisa

Por unanimidad fueron aprobadas tres normas de gran impacto en la sociedad. La expropiación de terrenos en que se asientan barrios populares, la que declara a todas la personas como donantes de órganos y una ayuda económica a hijxs de mujeres víctimas de feminicidio.

Foto ilustrativa (Urgente 24).

En la sesión de la Cámara de Diputados de la nación entre la tarde el miércoles y la madrugada del jueves, el pleno acurdo entre los legisladores de todos los espacios políticos le dio unanimidad a la aprobación de tres iniciativas de gran impacto social. Se trata de la denominada “Ley Justina”, que declara donante presunto de órganos a toda persona mayor de 18 años, salvo que exprese su oposición; la “Ley Brisa”, que crea un régimen de reparación económica para hijos e hijas de víctimas de feminicidio, equivalente a un haber jubilatorio mínimo; y la regularización dominial de asentamientos precarios de todo el país, mediante la expropiación de parte del Estado de los inmuebles donde hay más de cuatro mil barrios populares, villas y asentamientos.

El presidente del bloque radical, Mario Negri, valoró el “día productivo” que tuvo la Cámara de Diputados, en el que “hemos generado derechos” dijo y calificó el plenario como “la sesión más importante que hemos tenido este año”.

Ley Justina

La flamante norma debe su nombre a Justina Lo Cane, la niña de 12 años que falleció el 22 de noviembre último a la espera de un trasplante de corazón. Ezequiel y Paola Lo Cane, padres de Justina, presenciaron la sesión junto al impulsor del proyecto, el senador radical Juan Carlos Marino.

La Ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y también células –antes no contempladas– , incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento.

El proyecto aprobado indica que la ablación de órganos o tejidos podrá realizarse sobre toda persona capaz mayor de 18 años “que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción”.

En el artículo 31 se mantiene la posibilidad de manifestar en forma expresa su voluntad negativa o afirmativa a la donación; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa a determinados órganos; o condicionar su finalidad.

Además, se dejan explicitados los derechos de donantes y receptores a la intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información, y al trato equitativo e igualitario. También se establece la prioridad en el traslado aéreo y terrestre de pacientes operativos en curso.

Otro de los aspectos importantes es que los hospitales públicos y privados deberán contar con servicios de procuración destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante.

Asimismo, se incorpora la donación renal cruzada; se simplifican y optimizan los procesos que requieren intervención judicial; y se suma un capítulo dedicado al abordaje del tema de la donación y trasplante de órganos en los medios de comunicación.

Para garantizar que la infraestructura médica del país esté en condiciones de cumplir con la ley, se destina un 20% del presupuesto del INCUCAI a la capacitación permanente de todos los profesionales que participan en la ablación.

El presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky (Pro) resaltó que Justina Lo Cane fue “una niña que puso en valor lo que significa la donación de órganos”, y destacó que “la campaña de Justina hizo crecer el número de personas dispuestas a donar como nunca antes había sucedido”.

Ley Brisa

El proyecto adoptó el nombre a partir del caso de Brisa Barrionuevo, una niña que vive en Moreno junto a sus hermanos gemelos, Elías y Tobías. Su madre, Daiana Barrionuevo, fue asesinada el 20 de diciembre de 2015.

“Hoy estamos dando una respuesta política e institucional a la situación de profundo desamparo en que se hallan las hijas e hijos de mujeres víctimas de femicidio, un crimen que pone de manifiesto el rostro más extremo de la violencia de género”, puntualizó la presidenta de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Alejandra Martínez.

La radical sostuvo que “en Argentina la violencia de género se cobra una vida cada 30 horas, pero además de estas mujeres asesinadas por sus maridos o parejas aparecen las víctimas colaterales, que son los hijos que se quedan sin su madre”.

La diputada Cristina Álvarez Rodríguez (Frente para la Victoria-PJ) aportó: “Estamos legislando para una niña que tuvo una tragedia enorme, pero que refleja el drama de muchos niños y niñas atravesados por el femicidio”.

“Como no queremos ni una menos, creemos en el poder de las niñas que hoy actuó en esta Cámara: el de una niña que esperaba un órgano que no llegó a recibir pero quiso hacer una campaña; y un caso como el de Brisa, que sin comprender la totalidad del problema nos ayuda a entender a los adultos los cambios que tenemos que dar como sociedad”, dijo Álvarez Rodríguez.

El proyecto, impulsado originalmente por el exsenador Jaime Linares y la organización Casa del Encuentro, había sido avalado en la Cámara alta el 31 de mayo del año pasado, y este miércoles se incorporó al temario de la sesión por acuerdo de todos los bloques, a pesar de que no estaba completado el trámite en comisiones.

La asignación económica se otorgará de forma mensual a los hijos hasta los 21 años y a las personas con discapacidad sin límite de edad, a partir del momento en que se haya cometido el delito, aunque haya sido cometido antes de la sanción de la ley.

El beneficio será compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), con el régimen de Asignaciones Familiares, con las pensiones de las que los hijos sean beneficiarios, con el régimen de alimentos que perciban por parte de su progenitor, o con cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios.

En el artículo 9, se establece que los menores de 21 “tienen derecho a que el Estado nacional les asigne una cobertura integral de salud, la cual debe cubrir todas las necesidades de atención de su salud física y psíquica”.

Regularización dominial de asentamientos

Con apoyo de toda la oposición, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley para regularizar el dominio de más de cuatro mil barrios populares, villas y asentamientos de todo el país. La iniciativa, de especial interés para la agenda social del Gobierno, comenzó a debatirse pasadas las 22 y fue aprobada a las 2.26, al cabo de más de 14 horas de sesión. El resultado fue: 194 votos a favor.

El proyecto presentado originalmente por los oficialistas Mario Negri, Nicolás Massot y Elisa Carrió apunta a declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están asentados los barrios populares – en un alto porcentaje sobre tierras privadas–, con participación obligatoria de las provincias y municipios involucrados. Sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el RENABAP (Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana) y cuya propiedad no sea del Estado Nacional.

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Tonelli, destacó que “el propósito de este proyecto es sumamente ambicioso” ya que “regularizar el dominio significa que las personas que viven en estos barrios y que han construido sus casas van a acceder finalmente a la propiedad y a la parcela que ocupan, con todas las de la ley”.

Tonelli recordó que la definición de barrios populares contempla que haya “un mínimo de ocho familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular al menos dos de los servicios básicos: red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal”.

A su turno, el radical Fabio Quetglas sostuvo que “este es el punto de partida de una política de dignificación y construcción de ciudadanía”, y elogió el RENABAP, al señalar que “es un recurso útil para sostener una política de hábitat digna”.

En el marco del prolongado debate, el sanjuanino Walberto Allende (Todos Juntos por San Juan) hizo una referencia precisa, al advertir que muchos oradores hablaban del acceso de la gente a “vivienda digna”, cuando en rigor la ley establece la “regularización dominial”. Por eso pidió no generar “falsas expectativas” por una norma que debe ser interpretada como el acceso al título de propiedad de las tierras ocupadas.

El sujeto expropiante será la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que junto al Ministerio de Desarrollo Social deberá celebrar acuerdos con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de transferir los bienes inmuebles que estén bajo su titularidad.

La redacción original establecía que en caso de falta de acuerdo, el Poder Ejecutivo Nacional estaría facultado a proceder a la expropiación abonando los montos que determine el Tribunal de Tasaciones de la Nación. Sin embargo, ese artículo se modificó en comisiones, de manera que nada pueda hacerse sin el acuerdo de las tres partes.

Todos los gastos que se deriven de los convenios “serán afrontados en partes iguales por las jurisdicciones firmantes”. Pero además, se autoriza al PEN a crear un fideicomiso “con el objeto de financiar la totalidad de las actividades que resulten necesarias para llevar adelante el objeto de la ley”.

Otro aspecto relevante, indicó Tonelli, es la suspensión de los eventuales desalojos que puedan estar en curso mientras se desarrolla el proceso de regularización dominial.

Fuente: Parlamentario.