Comienzan las audiencias en la Corte por la educación religiosa obligatoria en las escuelas de Salta

La causa comenzó cuando un grupo de madres elevó un amparo colectivo para pedir la inconstitucionalidad de la ley provincial que establece la obligatoriedad de la enseñanza y la práctica religiosas en escuelas públicas de la provincia de Salta.

A las 10 de la mañana, en la Corte Suprema de la Nación se realizará la primera de las cuatro audiencias públicas de la causa en la cual un grupo de madres presentó un amparo colectivo para que se declare la inconstitucionalidad de la educación religiosa obligatoria en las escuelas públicas de Salta. Entre hoy, mañana, el 30 y el 31 de agosto, más de cincuenta expositores se presentarán como amici curiae en la causa. Entre los oradores, se encuentran representantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, entidades de defensa de la laicidad como la Asociación Internacional del Libre Pensamiento, universidades como la Austral, la Católica Argentina, la Nacional de José C. Paz y la de Buenos Aires. El listado contempla también nombres como el del ex ministro de la Corte Rodolfo Barra, representantes de sectores evangélicos involucrados en la (por ahora demorada) ley «de libertad religiosa» y el jefe de prensa de una integrante del núcleo duro Pro porteño, la vicepresidenta de la Legislatura, Carmen Polledo. Todas las audiencias se podrán seguir en vivo por Internet, en la web cij.gov.ar

Las madres y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que las patrocina, reclaman que la ley por la cual la currícula de las escuelas públicas incluye de manera obligatoria educación (y práctica) religiosa sea declarada inconstitucional porque viola los derechos a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.

Para esta primera jornada fueron citados diecisiete oradores, diez de ellos vinculados a espacios o lobbies fuertemente confesionales y ocho de universidades y sectores de la sociedad civil que bregan por la laicidad. Entre los primeros, se encuentran el abogado Pedro Javier María Andereggen -hablará en nombre del Partido Demócrata Cristiano de la Ciudad–, quien en 2004 promovió la causa por la cual fue cerrada una muestra de León Ferrari en el Centro Cultural Recoleta y, en 2009 y 2010, batalló judicialmente para frenar la sanción de la ley de matrimonio igualitario. También estarán Jorge Horacio Gentile, del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa; el consejero de la Universidad Católica Argentina y ex secretario de culto Norberto Padilla; el rector del Colegio San José de Calasanz, el cura Ernesto Eric Hermann -en representación de Educación Popular Asociación Civil-; el abogado Juan G. Navarro Floria, del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa y fuertemente involucrado en el impulso a la ley «de libertad religiosa», que busca abrir camino a un Estado pluriconfesional. Participarán, además, representantes de la Asociación Civil Ojo Ciudadano, la Asociación Argentina de los Adventistas del Séptimo Día, y dos abogados fuertemente vinculados a la UCA, Estela B. Sacristán y Carlos Alberto Gabriel Maino. Por el lado no confesional, expondrán representantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Instituto Laico de Estudios Contemporáneos de Argentina, el Centro de Estudios en Derecho y Economía de la Universidad de Buenos Aires; la Asociación Internacional del Libre Pensamiento, la Universidad Nacional José Clemente Paz, la ) la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el abogado y ex funcionario del Inadi Julián Díaz Bardelli.

Las audiencias serán el corolario de un recorrido judicial extenso. La causa comenzó en 2010, dos años después de que el ministerio de Educación provincial estableciera la obligatoriedad de las clases de religión. En su pedido de amparo, ocho madres detallaron que la aplicación del artículo 27, inciso ñ, de la Ley 7546 de Educación vulneraba derechos de los alumnos y sus familias (ver aparte). Sostuvieron que «el respeto a la pluralidad» que declamaba la ley era sólo aparente, y que «el verdadero propósito» era «la utilización de la educación obligatoria como un dispositivo de reproducción de la religión hegemónica, y que la acción y prácticas demostradas indican que nos acercamos a la adopción de un credo del estado».

En 2012, la justicia Civil y Comercial de Salta ordenó al ministerio de Educación provincial que adoptase «las medidas necesarias para que cesen las conductas religiosas pertenecientes a la religión católica dentro de las escuelas públicas y que se establezcan medidas necesarias para la implementación del dictado de la materia »Educación religiosa'». Esa resolución fue apelada, tras lo cual la Cámara resolvió que la práctica religiosa dentro de la escuela debía realizarse «durante el horario fijado para la enseñanza de la materia, y disponer que se arbitre un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica». En el paso siguiente, la Corte Suprema provincial avaló la constitucionalidad de la enseñanza religiosa obligatoria. Tras el pedido de un recurso federal, el expediente llegó al máximo tribunal de la Nación. En febrero de este año, el Procurador Fiscal ante la Corte, Víctor Abramovich, sostuvo que el artículo en disputa es inconstitucional, por lo que corresponde «ordenar el cese de la enseñanza religiosa dentro del horario escolar y como parte del plan de estudios, así como la realización de prácticas religiosas –como los rezos, bendiciones y oraciones en los cuadernos-dentro del horario escolar en el ámbito de las escuelas públicas».

Por Soledad Vallejos / Fuente: Página|12